Nuevas leyes de migración, extranjería y ciudadanía en Cuba

El Gobierno de la República de Cuba publicó nuevas leyes de migración, extranjería y ciudadanía, junto a sus reglamentos, como parte de la actualización integral de las normas jurídicas del país. Estas disposiciones, consideradas una “transformación profunda del sistema migratorio cubano”,

entrarán en vigor dentro de 180 días a partir de este martes. 

El Primer Coronel Mario Méndez Mayedo, jefe de la dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería (DIIE) del Ministerio del Interior; junto a Malluly Díaz Medina, de la Dirección General de Asuntos Consulares y Atención a Cubanos Residentes en el Exterior (DACCRE) del Ministerio de Relaciones Exteriores, explicaron en conferencia de prensa que a esta renovación le antecedió un amplio proceso de consulta con el objetivo de garantizar su coherencia con la realidad nacional e internacional y enriquecer su contenido.

De acuerdo con sus valoraciones, el nuevo texto legislativo da un salto cualitativo y define con mayor claridad los derechos y deberes migratorios, al tiempo que robustece los vínculos con los cubanos residentes en el exterior y adecua el régimen jurídico a las dinámicas actuales de movilidad humana.

Medios de prensa resaltan entre sus transformaciones el concepto de Residencia Efectiva Migratoria, que reconoce como residentes a aquellas personas, cubanas o extranjeras, que permanezcan en el país más de 180 días acumulados al año, o que, sin cumplir este requisito, demuestren arraigo mediante vínculos familiares, laborales, económicos o patrimoniales.

Además, elimina el límite anterior de 24 meses de permanencia en el exterior para ciudadanos cubanos, y establece que no existe restricción de tiempo para su estancia en el país. Con esta medida se detiene el incremento de la categoría de emigrado.

En cuanto a derechos, los cubanos residentes en el exterior mantienen el uso, disfrute y libre disposición de sus bienes en el territorio nacional.

El nuevo marco normativo también reorganiza las categorías migratorias para ciudadanos cubanos y extranjeros y añade clasificaciones como residente provisional y residente humanitario. Al mismo tiempo amplía las causales para optar por la residencia permanente, bajo la justificación de vínculos familiares, tiempo de permanencia en el país, calificación profesional y capacidad de inversión.

Disposiciones específicas para la protección de víctimas de tráfico ilícito de migrantes y trata de personas, con especial atención a mujeres, niñas, niños y adolescentes, también recoge la letra de esta ley.

Bajo el concepto de ciudadanía efectiva, será posible poseer otra nacionalidad sin perder la cubana, aunque se mantiene la obligación de utilizar esta última en actos jurídicos dentro del país. Además, se regulan los procesos de adquisición, renuncia, pérdida, privación y recuperación de la ciudadanía, incluyendo requisitos más definidos para la naturalización.

Las garantías jurídicas de los ciudadanos salen fortalecidas pues se establecen procedimientos administrativos que permiten impugnar decisiones de las autoridades migratorias que aluden a la transparencia y el debido proceso.

La funcionaria del MINREX apuntó que la actualización de estas leyes contribuirá “en gran medida a crear las condiciones necesarias para que los nacionales que residen fuera del país se involucren cada vez más en el desarrollo socioeconómico y cultual del país”.

Informó que los consulados del país están preparados para comenzar a trabajar con los ciudadanos cubanos que decidan solicitar la condición migratoria de inversores y de negocios.

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